sábado 20 de abril de 2024
Nubes 25ºc | Bragado

LA RESTRICCIÓN DE LOS DERECHOS EN LA PANDEMIA

Andrés Gelsomino explicó la base legal respecto a las limitaciones para la circulación.

01/09/2020
LA RESTRICCIÓN DE LOS DERECHOS EN LA PANDEMIA

La cuarentena impuesta a nivel nacional a raíz de la pandemia por el coronavirus ha traído consigo una serie de limitaciones a la ciudadanía en todos los ámbitos, por lo que se ha puesto en duda la ‘legalidad’ de los decretos dictaminados por el Gobierno.

Andrés Gelsomino es un reconocido abogado de nuestra ciudad, y en diálogo con ‘El Megáfono’ ha explicado algunas de las bases legales por las cuales se dan dichas limitaciones. "El derecho a la libre circulación está garantizado en el artículo 14 de la Constitución Nacional, pero como todo derecho no es absoluto, no es que uno tiene una libertad absoluta de transitar sin más y nadie puede tocarla”, explicó.

Gelsomino explicó además que si bien se puede discutir sobre los mecanismos impuestos a través de los distintos Decretos de Necesidad y Urgencia, los debates deberían llevarse a cabo en el Recinto Legislativo, cosa que hasta el momento no ha ocurrido. “Hay razón en ambos bandos, tanta razón tiene quien reclama por su derecho a circular como tanta razón tiene el Estado en exigirle que cumpla con las medidas del protocolo”, opinó.

Por otra parte, descartó que se den las condiciones para declarar un Estado de Sitio: “La Constitución es clara, para la declaración de un Estado de Sitio tiene que haber un estado de conmoción interior muy grande o un ataque exterior, yo creo que ninguna de las dos cosas se dan. La conmoción interior no se daría porque no hay un ataque al orden constitucional”, detalló.

Te puede interesar
Ultimas noticias